Ley 6/2016, de 15 de julio, del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat.








La presente ley tiene por objeto regular la prestación del servicio público audiovisual de titularidad de la Generalitat, así como establecer el régimen jurídico de las entidades a las que se encomienda la gestión directa de este servicio público. Como en el resto de radiotelevisiones autonómicas públicas, los contenidos audiovisuales emitidos por este operador deben ser un instrumento esencial para el fomento de la creatividad y la producción de bienes culturales valencianos, que deben dinamizar y normalizar la lengua, la identidad y la diversidad cultural regional en el marco de una nueva sociedad del conocimiento.

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