Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA)








Ley que actualiza la normativa referente a la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía con el fin de adaptarla al contexto actual de profundos cambios estructurales experimentados en el sector audiovisual.

El concepto de diversidad está presente desde la propia exposición de motivos de la Ley. Así, se señala que “esta Ley recoge derechos sociales evolucionados en orden a las garantías de pluralismo, acceso, atención a la diversidad social y cultural en la configuración de sus programaciones  audiovisuales  y réplica, así como protección  de los menores y de las personas consumidoras y usuarias, junto a una novedosa acción de cesación”,  a  la  vez  que  “afianza  la  labor  que  desempeñan  esta  Agencia  Pública Empresarial y sus sociedades,  al asumir una fuerte responsabilidad  social corporativa que  las  vincula  con  la  diversidad  de  agentes  sociales  de  Andalucía,  y,  por  otro, contribuye al desarrollo empresarial de la RTVA”.

A lo largo del articulado, la diversidad se menciona en tres ocasiones, todas ellas dentro del Título Primero referido a los Principios Generales que rigen la actuación de RTVA. El Artículo 4 señala que las programaciones ofrecidas por RTVA compatibilizarán el objetivo de rentabilidad social con el principio de eficiencia económica, a la vez que se encargarán de “preservar la diversidad cultural de Andalucía y las tradiciones que constituyen su patrimonio inmaterial”, por un lado, y de “ofrecer una programación que atienda a la diversidad de la ciudadanía andaluza, fomentando la cohesión social y económica entre los diversos territorios, la innovación que facilite el acceso de todos los andaluces y andaluzas a la sociedad de la información y el conocimiento y la difusión de los valores éticos”, por otro lado.

El Artículo 33, encargado de regular el Derecho de acceso, recoge que se garantiza el ejercicio del “derecho de acceso a las emisiones  de radio  y televisión  de  la RTVA  y sus sociedades  filiales  a los  grupos sociales y políticos significativos radicados en Andalucía, y a las asociaciones, organizaciones e instituciones representativas de la diversidad política, social y cultural de Andalucía, respetando el pluralismo de la sociedad”.

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