Ley que propone una reforma estructural y organizativa para la Compañía de Radio y Televisión de las Illes Balears. En la exposición de motivos se señala que la constitución del Consejo Asesor de Contenidos y de Programación, cuya finalidad obedece a la necesidad de articular la participación social en el seno del ente, ha de integrar representantes de los diversos sectores de la sociedad.
La otra referencia en el texto relativa al concepto de diversidad aparece en el Artículo 4 en el que se señala la misión del servicio público. Dicho artículo encarga al Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears la misión de “cohesionar la sociedad balear promoviendo y garantizando sus diversas expresiones en el ámbito audiovisual”.